El municipio de la ciudad de La Falda recuerda que está vigente la Ordenanza Nro. 2592 que prohíbe la entrega de bolsas descartables de polietileno o derivados similares, biodegradables o no, en el expendio de mercadería en comercios.
Solo se exceptúan de la prohibición el primer envase de productos que por su composición produzcan líquidos, como el caso de pescados, carne vacuna o de aves y sus subproductos y/o derivados, lácteos, fiambres, hielo y las comidas elaboradas frías o calientes, el que deberá realizarse con las denominadas bolsas de bobina o de arranque, no pudiendo ser utilizadas las denominadas “camisetas”.
La citada ordenanza establece penalidades para el incumplimiento de la misma.
Recordamos que en los fundamentos de la ordenanza 2592 se mencionó la necesidad de generar acciones concretas que apunten a la protección del medio ambiente y la preservación de los irremplazables recursos naturales, con el fin de proteger nuestro hábitat restringiendo aquellas que perjudican el mismo.
La multiplicación del uso de bolsas de plástico, tipo “camiseta”, perjudica al medio ambiente, a los seres humanos y genera un impacto visual negativo, cuando ellas se esparcen por toda la ciudad.
Agradeceríamos su cumplimiento por favor y reiteramos: La citada ordenanza establece penalidades para el incumplimiento de la misma. Recomendamos buscar diferentes alternativas.
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